Después de un tiempo sin vernos por aquí, y aprovechando el comienzo de los nuevos cursos, desde IFECE Oposiciones Hacienda queremos aprovechar la ocasión para hablaros acerca de la Oposición de Técnicos de Hacienda, pero desde un punto de vista diferente: hoy hablaremos de la Promoción Interna.
¿En qué consiste la promoción interna?
Si nos basamos en la descripción oficial por parte del Ministerio de Cultura y Deporte supone el ascenso desde un Cuerpo o Grupo al inmediatamente superior o a un cambio de Escala diferente dentro del mismo Grupo.
En este caso pasar de Agente de Hacienda a Técnico de Hacienda o cambiar de Escala dentro del mismo Subgrupo.
¿Qué Requisitos son de obligado cumplimiento?
Las personas aspirantes que concurran a la convocatoria por promoción interna deberán cumplir los mismos requisitos de los aspirantes en convocatoria libre y además:
Pertenecer como funcionario/a de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del subgrupo C1, o a Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos adscritos al subgrupo C1, o a Cuerpos o Escalas del subgrupo C1 del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, con destino definitivo, estos últimos, en la Administración General del Estado.
Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario/a de carrera en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del subgrupo C1, o en Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al subgrupo C1, o en Cuerpos o Escalas del subgrupo C1 del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Aclarado este último punto ¿De qué beneficios dispongo?
A las personas aspirantes que participen por el turno de promoción interna y superen el primero y/o segundo ejercicio, se les conservará la calificación obtenida en ellos para las dos convocatorias inmediatas siguientes, siempre y cuando el contenido del temario, la naturaleza y la forma de calificación de los ejercicios en los que se hubiera conservado la nota sean esencialmente análogos, salvo actualización normativa.
El cómputo para estas exenciones se realizará a partir de la convocatoria del proceso selectivo en la que se superen los ejercicios reservados.
No obstante, si en alguna de las dos convocatorias inmediatas siguientes optasen por realizar el ejercicio o alguno de los ejercicios de que se trate, quedará sin efecto el resultado obtenido para aquel en la presente convocatoria.
Para hacer efectivas las reservas a las que se refiere este punto, las personas aspirantes deberán expresarlo en la correspondiente solicitud de participación en el proceso selectivo. Este derecho a la reserva sólo se hará efectivo si la persona aspirante cumplía los requisitos exigidos en la convocatoria que lo devengó.
¿Número de plazas?
En las últimas convocatorias el número ha sido de 220 y 538 plazas. No obstante podéis obtener más información en: https://www.ifece.es/ofertas-de-empleo-ifece-oposiciones-hacienda.
¿Sistema de puntuación?
Mediante Concurso oposición
La oposición es exactamente igual que en convocatoria libre y el concurso funciona de esta manera:
Valoración del concurso
Méritos.
En esta fase se valorarán, según el certificado de requisitos y méritos indicado, los siguientes méritos:
a) Antigüedad: Se valorarán los servicios efectivos prestados como personal funcionario de carrera en el cuerpo o escala del subgrupo inferior, a razón de 1 punto por año completo de servicios, hasta un máximo de 51 puntos.
Igualmente se valorará, en los mismos términos, la experiencia acreditada por los candidatos que, con carácter interino o temporal, hubieran desempeñado funciones idénticas o análogas a las propias del Cuerpo al que se refiere la presente convocatoria.
b) Grado personal consolidado y formalizado: Según el grado personal que se tenga consolidado el día de publicación de esta convocatoria y formalizado en la Administración General del Estado a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente anterior a la finalización del plazo de presentación del certificado, se otorgará la siguiente puntuación:
Grado 14 o inferiores: 13 puntos.
Grado 15 y 16: 14 puntos.
Grado 17 y 18: 15 puntos.
Grado 19 y 20: 16 puntos.
Grado 21 o superiores: 17 puntos.
Asimismo, se otorgarán 13 puntos a aquellos funcionarios que en la fecha de publicación de la convocatoria no tengan ningún grado consolidado y formalizado en la Administración General del Estado y hayan prestado servicios efectivos en la misma, como funcionario de carrera, durante al menos dos años.
c) Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe con carácter definitivo en la Administración General del Estado, así como en los Órganos Constitucionales, el día de publicación de esta convocatoria, como funcionario del subgrupo C1, se otorgará la siguiente puntuación:
Niveles 15 o inferiores: 13 puntos.
Nivel 16 y 17: 14 puntos.
Nivel 18 y 19: 15 puntos.
Nivel 20 y 21: 16 puntos.
Nivel 22 o superiores: 17 puntos.
La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por reclasificaciones de nivel posteriores a la fecha de publicación de esta convocatoria, con independencia de los efectos económicos de las mismas.
A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el nivel de complemento de destino de su puesto de origen y a los funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo tuvieran, el nivel mínimo del subgrupo C1.
A los funcionarios que se encuentren en situación de excedencia por el cuidado de familiares con reserva de puesto de trabajo se les valorará el nivel del puesto reservado en la Administración General del Estado u Organos Constitucionales, y a los funcionarios en la situación de servicios especiales con derecho a reserva de puesto en la Administración General del Estado, el nivel del puesto de trabajo en que les correspondería efectuar el reingreso.
A los funcionarios que se encuentren desempeñando un puesto de trabajo en situación de servicio activo en Órganos Constitucionales, con carácter definitivo, se les valorará el nivel de complemento de destino correspondiente a dicho puesto.
¿Temario?
Los de promoción interna están exentos de hacer Derecho constitucional y Derecho administrativo en el primer ejercicio:
Los funcionarios/as pertenecientes al Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado y los funcionarios/as pertenecientes a Cuerpos o Escalas del subgrupo C1 destinados o con reserva de puesto en la Agencia Estatal de Administración Tributaria –forma de acceso «A» – estarán exentos de responder a las cuestiones referidas a los temas de «*Derecho Constitucional y Administrativo*» del anexo III.1.2 debiendo contestar por escrito, en un tiempo máximo de una hora cuarenta minutos, a un cuestionario de dieciséis preguntas.
El resto del temario es exactamente igual.
¿Y de los Exámenes?
Son exactamente iguales.
Y ya para terminar ¿Cómo es el curso de formación? IEF?
En el curso específico se vuelve a ver toda la teoría de los impuestos y contabiliza 50 puntos de la nota total del concurso oposición.
Podéis obtener más información sobre el curso de formación en el IEF en la siguiente dirección:
Con esta última información acerca del curso de formación en el IEF, terminamos de daros a conocer todas las características que rodean a esta modalidad de oposición.
No obstante, y como ya bien sabéis, desde IFECE Oposiciones Hacienda estaremos encantados de responder a cualquier duda que tengáis al respecto.
¡Os animamos a vernos pronto ¡
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